De manera sorpresiva, el Poder Ejecutivo sometió ayer, a través del Senado, varias reformas a la Ley Orgánica del Ministerio Público. En un mensaje del Presidente Leonel Fernández se reconoce que se violó la Constitución cuando se colocó a la Policía Técnica Judicial como subordinada al Ministerio Público y, al efecto, propone dejar sin efecto esas disposiciones legales...
De esta manera, expresa, la Policía y el Ministerio Público podrán cumplir, “en perfecto orden” y “armonía”, sus misiones constitucionales. A dos días de su promulgación, el Presidente Leonel Fernández sometió ayer, a través del Senado, varias reformas a la ley orgánica del Ministerio Público, mediante las cuales reconoce que se violó la Constitución cuando se colocó a la Policía Técnica Judicial como subordinada al Ministerio Público, y, al efecto, propone dejar sin efecto esas disposiciones legales.
De esta manera, expresa el mandatario en el mensaje anexo, la Policía y el Ministerio Público podrán cumplir, “en perfecto orden” y “armonía”, las misiones que les asigna la Constitución de perseguir e investigar las infracciones penales. La ley orgánica del Ministerio Público, 133-11, creó el Cuerpo Técnico de Investigación de la Policía para que realice las investigaciones policiales, “sin que sus miembros puedan participar en actividades policiales diferentes de las que les asigne el Ministerio Público”.
Difiere. Fernández expresa que esas disposiciones han generado confusión tanto en el Ministerio Público como en la Policía en cuanto a los roles que les competen a ambos organismos según la Constitución. El proyecto de reforma expresa que la Constitución define a la Policía como un cuerpo armado, técnico y profesional.
Viola carta. Agrega que la Policía, “bajo la dirección administrativa y funcional del ministerio Público, contraviene las normas constitucionales establecidas en los artículos 255, 256 y 257, que disponen, entre otras cosas, la competencia de la Policía Nacional para “perseguir e investigar las infracciones penales”. Además, añade, los miembros de la Policía Nacional se regirán de acuerdo con su ley orgánica y sus reglamentos, y que están sometidos al régimen disciplinario policial.
El proyecto expresa que “es evidente que al aprobarse la Ley Orgánica del Ministerio Público, no se tomó en cuenta el citado texto constitucional, ya que la misma no se limitó a regular los derechos fundamentales, la estructura y organización del Ministerio Público, sino que también está creando y regulando un cuerpo policial, que expresamente debe ser regulado por la Ley Orgánica de la Policía Nacional”.
¿Retroceso? Sobre el particular, el procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, consideró que la modificación que quita al Ministerio Público el control del Cuerpo Técnico de Investigación de la Policía constituye un retroceso frente al avance de la Justicia que demanda la población.
Contraviene funciones. Sostiene Fernández que la creación del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Policía “contraviene lo establecido en al artículo 128 de la Constitución, que dispone que “la o el Presidente de la República dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar, y es la Autoridad Suprema de las Fuerzas Armadas, la Policía y los demás cuerpos de seguridad del Estado”.
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